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Pues sí, aunque muy mejorables, los trabajadores autónomos también tenemos derecho a una baja laboral con su correspondiente prestación por Incapacidad Temporal (IT). Vamos a ver en detalle en qué consiste la baja laboral del autónomo, cómo acceder a la prestación por Incapacidad Temporal, calcular cuánto vas a cobrar así como los supuestos en los que podrás acogerte a bonificaciones por contratar a un trabajador que te sustituya.
La baja del autónomo y las bases de cotización
Tener que darse de baja es una situación que resulta muy problemática para el autónomo.
Por una parte, deja de realizar su actividad, con el consecuente problema que eso supone. Si a eso sumamos que suele cotizarse por la base mínima, podemos calcular que la prestación por Incapacidad Temporal va a ser en muchos casos bastante inferior a los ingresos que se venían obteniendo estando de alta. Si se dispone de un local de negocio, el problema es todavía mayor, puesto que, aunque la producción de ingresos podría mantenerse, hay que cargar con costes Sociales y laborales en ocasiones difíciles de asumir.
Los autónomos tienen derecho a baja por enfermedad, accidente laboral o por maternidad/paternidad.
Tienes que tener en cuenta, que estas prestaciones se relacionan directamente con tu base de cotización, de estas van a depender los ingresos que tendrás en caso de enfermedad o invalidez (entre otras cosas). Por tanto, debes considerar ciertos aspectos a la hora de elegir la base de cotización.
Las bases las eliges libremente entre una máxima y una mínima, que se publican cada año en los Presupuestos Generales del Estado.
Para este año 2017, la base de cotización mínima se estableció en 893,10 euros al mes y la máxima en 3751,21 euros al mes y pueden cambiarse hasta 2 veces al año.
El grueso de los trabajadores autónomos de nuestro país suele cotizar por la base mínima y con ello reducir al máximo la cuota de autónomos y por consecuencia, también el importe de su prestación IT.
LECTURA RECOMENDADA: Ventajas y desventajas de darse de baja como autónomos en determinados meses
Prestación por incapacidad temporal: ¿Cuánto cobra el autónomo de baja?
Prestación por Incapacidad Temporal
En primer lugar, hay que distinguir entre enfermedad común o accidente de trabajo o enfermedad profesional.
En el caso de enfermedad común, desde el primer día hasta el cuarto, no habrá prestación, desde el día 4 hasta el 20, la prestación será del 60% de tu base reguladora y a partir del día 21, el 75%. Si cotizas por la base mínima estamos hablando de 535,86 euros durante el primer mes y de 669,82 el resto hasta la fecha de alta.
En el caso de accidente laboral o enfermedad profesional la prestación se devenga del el día siguiente a la baja y del 75% de la base reguladora.
Baja maternal/paternal
La prestación dura 16 semanas ininterrumpidas, periodo ampliable. Al menos 6 semanas deben disfrutarse obligatoriamente después del nacimiento. Las otras 10 semanas se ceder al cónyuge o disfrutarlas en régimen de jornada completa o tiempo parcial.
La prestación es del 100% de la base reguladora.
En este artículo puedes ver en detalle los requisitos para cobrar la prestación de maternidad/paternidad.
Bonificaciones por contratar a un trabajador que sustituya al autónomo en baja por IT
Recientemente ha sido aprobada la Nueva Ley de Autónomos 2017 que trae nuevas ventajas fiscales y mejoras de los contratos bonificados.
Desafortunadamente, contratar a un trabajador que sustituya al autónomo en la baja por enfermedad común o profesional no contempla bonificación alguna en los costes de la Seguridad Social. Sí existen cuando se trata de conciliar la vida laboral y familiar, pero no se contemplan en esta situación.
Lo más conveniente en los casos de enfermedad común o profesional, es decidirse por un contrato temporal, por obra o servicio, en el que se especifique que es para cubrir lo que dure la IT.
Existen bonificaciones para contratos temporales si se trata de un contrato para la formación y el aprendizaje o si se contrata a personas con discapacidad, trabajadores en situación de exclusión social, víctimas de la violencia de género, doméstica o víctimas del terrorismo o si se trata de un contrato de interinidad para discapacitados.
El SEPE (Servicio Público de Empleo) ha publicado este mes de octubre pasado un cuadro resumen de las bonificaciones vigentes para incentivar la contratación de trabajadores por parte de autónomos y empresas.
En cambio, para trabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse de baja por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, si existe bonificación.
En estos casos, cuando sean sustituidos por desempleados, existirá derecho a recibir una bonificación del 100% de la cuota una vez aplicado el tipo de cotización establecido durante la sustitución sobre la base mínima.
La bonificación se podrá recibir mientras que coincida el tiempo de la suspensión de la actividad con el contrato del sustituto y tiene una duración, como máximo, del propio periodo de suspensión.
Autónomos: ¿Cómo contratar a un trabajador?
Como autónomo debes conocer los trámites, obligaciones y costes que implica contratar a un trabajador.
De forma general, si el autónomo no ha contratado nunca, tendrá que dirigirse a la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente al domicilio de la actividad laboral, y efectuar los siguientes trámites:
- Solicitud de inscripción de la actividad como autónomo en la Seguridad Social
- Afiliar al trabajador a la Seguridad Social
- Dar de alta al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social
- Comunicación de las contrataciones al SEPE
La contratación obligará al autónomo a ingresar las retenciones oportunas de la nómina y a pagar las cuotas sociales del trabajador cada fin de mes, aparte de entregarle el recibo de salarios.
Según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la incidencia media mensual de las incapacidades temporales entre los autónomos, es de 10,46 entre mil, frente al 27,46 de los trabajadores por cuenta ajena. Solo hay dos posibilidades, o tenemos una salud de hierro rozando la inmortalidad… o nuestro sistema de protección social, en caso de baja, proporciona unos ingresos que no garantizan la autoconservación.
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Eva Fernández
Periodista con más de 10 años de experiencia en marketing digital y, en especial, en la generación de contenidos para marcas de diferentes sectores. De la mano de Anfix y con mi propia experiencia emprendiendo como freelance, he aprendido mucho en los últimos años sobre gestión del negocio, finanzas y productividad.
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