En este articulo verás:
Uno de los grandes inconvenientes que presenta el trabajo por cuenta propia en relación al de cuenta ajena son las vacaciones. Llega la navidad o el verano y muchos de nosotros padecemos un descenso de actividad, lo que nos lleva a plantearnos el siguiente interrogante: ¿qué ventajas e inconvenientes puede suponerme darme de baja como autónomo por unos meses?
En este artículo voy a intentar exponerte algunas de esas ventajas o inconvenientes para que puedas tomar la decisión con mejor criterio.
1. Beneficios de darse de baja como autónomo en vacaciones
1.2. Declaraciones trimestrales
1.4. Cuota del Colegio Profesional
2. Inconvenientes de darse de baja como autónomo en vacaciones
2.3. Prestación por cese de actividad. Paro
3. Consejos para las vacaciones del autónomo
Beneficios de darse de baja como autónomo en vacaciones
El trabajador asalariado tiene un mes de descanso al año y una paga extra coincidente con el periodo vacacional (verano, Navidad…). El autónomo no tiene vacaciones. Si no trabaja, no cobra.
Coger días libres supone dejar de facturar, a no ser que se cuente con una clientela fija de pago periódico. Pero, en tal caso, tendrá que dejar a una persona a cargo o bien desplazarse con el móvil o el ordenador.
Aparte de no percibir ingresos, hay que contar con el peso añadido de tener que pagar la cuota de autónomos. Es decir, no se genera nada, pero sigue habiendo gastos.
Cuota de autónomos
Esta situación es la que lleva a muchos al planteamiento de darse de baja durante un breve plazo de tiempo. Así, al menos, se libran de la carga de la cotización.
En realidad, esto no supone problema alguno y significa un ahorro, aunque no todas las actividades se prestan a una interrupción de la actividad como ésa.
Está claro que esto tan sólo compensa si cogemos un mes natural entero. Dado que la cuota de autónomos no se fracciona, no sirve de nada darse de baja, por ejemplo, el 1 de agosto y de nuevo de alta el 20. Habría que pagar igualmente la cuota íntegra.
Declaraciones trimestrales
Si no estás dado de alta, no tributarás en la declaración trimestral por el tiempo correspondiente, es decir, puedes relajarte y olvidarte de estar pendiente de conservar todos tus tickets de gastos y facturas.
Tarifa plana
Si te beneficias de la tarifa plana de 50 y te das de baja durante las vacaciones, el contador seguirá corriendo, pero al darte de alta en el RETA nuevamente, podrás seguir disfrutando de la bonificación el tiempo que reste.
Cuota de colegio profesional
Para ejercer algunas actividades económicas es requisito imprescindible estar colegiado, en estos casos, puede ocurrir que puedas eximirte de pagar la cuota al colegio (figura de colegiado no ejercitante), pero no siempre, lo más adecuado es que lo consultes con tu colegio profesional.
Inconvenientes de darse de baja como autónomo en vacaciones
Si tienes trabajadores a cargo la baja ya no es posible, pero sí lo es en numerosos sectores profesionales y no profesionales si no se cuenta con trabajadores: fontaneros, albañiles, fotógrafos, editores….
Trámites burocráticos
El cese como autónomo en la Seguridad Social implica una baja previa de Hacienda.
Recuerda que para causar baja en Hacienda tienes que presentar el modelo 036.
Después de presentar tu baja en Hacienda, debes darte de baja en el RETA de la Tesorería General de la Seguridad Social a través del modelo TA0521. Lo puedes hacer de forma presencial o a través de la Sede Electrónica con Cl@ve PIN o certificado digital.
Las bajas surten efecto desde el día 1 del mes siguiente en el que cesaste tu actividad.
El alta es el mismo procedimiento. Primero alta en Hacienda a través del modelo 036 y después en el RETA a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Si quieres coger el mes de septiembre tendrás que comunicar ambas bajas con fecha 31 de agosto y las nuevas altas el 1 de octubre.
LECTURA RECOMENDADA: Trámites y obligaciones al darse de alta como autónomo
No podrás deducir gastos
Ten en cuenta que durante la baja no puedes facturar y al haber causado baja de la actividad, tampoco deducirte gastos relacionados con esta. No sería lógico que, si comunicamos que no estamos trabajando, pretendamos deducir unos gastos derivados del ejercicio de la actividad.
Recuerda que los requisitos imprescindibles para considerar un gasto como deducible son:
- Los gastos deben estar vinculados a la actividad económica que realices como autónomo.
- Deben estar adecuadamente justificados mediante sus correspondientes factura, recibos o tickets.
- Debes haberlos registrado en tu contabilidad en los libros de gastos e inversiones.
Como profesional autónomo has de tener claro qué gastos deducibles se contemplan en el desarrollo de tu actividad.
Para ello es importantísimo que seas escrupuloso con la gestión del control de gastos, prestando especial atención al registro y conservación de facturas y tickets.
En definitiva: ser extremadamente diligente con la documentación, en caso contrario, podría ocurrir que una vez terminado el año, te encuentres facturas de gastos de las que no tenías conocimiento.
¿Eso qué significa? Pues que se habrá aplicado una deducción inferior a la que se debiera en el cálculo de los impuesto y por tanto, en román paladino: habrás perdido dinero.
Entre los gastos más habituales que no te podrás deducir: desplazamientos y dietas, gastos de arrendamientos, gastos financieros, seguros de enfermedad, etc.
Prestación por cese de actividad. Paro
Para disfrutar del prestación por cese de actividad, el autónomo debe haber estado trabajando de forma continuada durante los 12 meses anteriores.
Prestación por IT
Para acogerte a la prestación por Incapacidad Temporal deberás haber cotizado a la Seguridad Social por un mínimo de 180 días en los anteriores 5 años a la solicitud.
Jubilación
Tu jubilación como autónomo dependerá de la cantidad que hayas cotizado en la cuota y el número de años cotizados.
El periodo mínimo es de 15 años, al menos 2 tienen que estar comprendidos dentro de estos últimos.
Los autónomos no están obligados a cotizar en función de sus ingresos si no en función de la base de cotización y la mayoría lo hace por la base mínima: 893, 10 euros, si a esto añadimos no cotizar durante algunas determinadas épocas del año, puede suponer un problema más de cara a la cantidad que percibas durante la jubilación.
Consejos para las vacaciones del autónomo
Tu y yo sabemos que “autónomo” y “vacaciones” son dos conceptos que difícilmente van de la mano. Sin embargo, es cierto que entre las ventajas de ser tu propio jefe, está que puedes trasladar tu oficina cuando y donde quieras.
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Eva Fernández
Periodista con más de 10 años de experiencia en marketing digital y, en especial, en la generación de contenidos para marcas de diferentes sectores. De la mano de Anfix y con mi propia experiencia emprendiendo como freelance, he aprendido mucho en los últimos años sobre gestión del negocio, finanzas y productividad.
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