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¿Qué trámites debo hacer para exportar?

¿Qué trámites debo hacer para exportar?
Eva Fernández

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En el mundo empresarial cada vez son más frecuentes las ventas de bienes a países de la Unión Europea y de fuera de ella. Empresas y autónomos buscan nuevos nichos de mercado en el exterior, en el marco de un comercio global. Operaciones que hace años eran exclusivas de unos pocos se han convertido en habituales para muchas pymes y autónomos. Ante esta perspectiva, familiarizarse con los trámites necesarios para exportar se convierte en algo necesario para cualquier empresa.

En primer lugar, cabe definir la exportación como en envío de bienes o mercancías a un país de fuera de la UE (el envío a países de la UE sería una operación intracomunitaria). Algo tan simple como realizar una venta a fuera de Europa puede dar lugar a este tipo de operación. Para realizar una exportación hay que cumplimentar una serie de documentos, algunos de los cuales deberán acompañar a los bienes que se envían.

Trámites necesarios para exportar

1- Trámites tributarios.

Para exportar hay que inscribirse en el registro de exportadores. La empresa debe obtener el número EORI, que servirá para identificar a los que realicen habitualmente actividades aduaneras. El número puede obtenerse desde la web de la Agencia Tributaria.

LECTURA RECOMENDADA: Si vas a importar o exportar fuera de la Unión Europea necesitas el número EORI.

Los operadores podrán comprobar si disponen de un número EORI a través de la Sede Electrónica. Además a través de la página web de la Comisión Europea cualquier persona podrá consultar sobre la validez de un número EORI determinado.

La inscripción en el registro de Exportadores es necesaria para obtener la devolución del IVA, ya que las exportaciones están exentas.

2.- Tramites aduaneros

En primer lugar se procede a la clasificación de la mercancía en el arancel de aduanas, lo que supone asignarle a la mercancía un código numérico. El responsable legal de que la clasificación de sus mercancías sea correcta es el importador o exportador, aun cuando utilice a un agente de aduanas como representante suyo ante la aduana.

El exportador debe cumplimentar el DUA (Documento Único Administrativo). Se trata de un impreso que ha de cumplimentarse obligatoriamente ante la aduana para los intercambios de mercancías (importaciones y exportaciones) entre los miembros comunitarios y terceros países. En él, el declarante ha de consignar con exactitud los siguientes extremos: mercancías (valor, clase, cantidad, etc.); origen, destino, pesos, tipo de cambio; documentos unidos. Debe ser firmado por el titular o por persona autorizada.

La mercancía irá siempre acompañada por el DÚA y la factura de venta, así como de los documentos de transporte exigibles en función del medio utilizado para su envío. Dependiendo del país de destino y del producto a exportar, pueden ser necesarios documentos adicionales, como por ejemplo el certificado de exportación, los cuadernos ATA, el certificado de sanidad exterior, etc.