La legalización de los libros anuales en el Registro Mercantil es una obligación que concierne a las entidades de capital (Sociedades Anónimas o Limitadas) y que debe realizarse como plazo máximo el último día del mes de abril. Las entidades deben legalizar anualmente el Libro Diario y el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
Hasta el presente ejercicio, los libros podían presentarse de tres maneras: en papel, en soporte magnético o por vía telemática. Desde la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores a finales de 2013, tan solo se admite la presentación telemática, con lo cual, los libros correspondientes al ejercicio en el que estamos se presentarán de este modo.
Queda por saber cómo hay que diligenciar los correspondientes a 2013, cuyo plazo de presentación termina el próximo miércoles. Hay registros que todavía los admiten es papel o en soporte magnético, pero también los hay que tan solo admiten la presentación telemática. Cada empresa deberá consultar este tema en el registro que le corresponde.
La mayor parte de las empresas venían utilizando ya el programa Legalia para la presentación en soporte magnético, por lo que su uso no supone una novedad.
Eva Fernández
Periodista con más de 10 años de experiencia en marketing digital y, en especial, en la generación de contenidos para marcas de diferentes sectores. De la mano de Anfix y con mi propia experiencia emprendiendo como freelance, he aprendido mucho en los últimos años sobre gestión del negocio, finanzas y productividad.
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