En este articulo verás:
Hemos hablado de la documentación que la empresa debe entregar al trabajador en el momento del despido y de los plazos y requisitos que ésta debe reunir. Entre estos papeles se encuentra el certificado de empresa, imprescindible para que el trabajador pueda acudir a la oficina de empleo que le corresponda a solicitar la prestación por desempleo. Un certificado con datos erróneos puede causar problemas a la hora de que se le reconozca el derecho a la prestación o de que ésta esté incorrectamente calculada.
1.- Plazo de entrega. El certificado debe entregarse en el plazo de 10 días naturales desde el día siguiente a la situación legal de desempleo. El trabajador dispondrá, a su vez de 15 días para presentar el certificado en la Oficina de Empleo que le corresponda. Cualquier retraso en su presentación supone una demora en el comienzo del devengo de la prestación. El certificado no tiene que ir firmado por el empleado; solo por la empresa.
2.- Contenido. EL documento contiene las bases de cotización de los últimos 180 días y explica la causa de la extinción del contrato de trabajo (despido, finalización del contrato temporal, no superoración de periodo de prueba, etc). El Servicio de Empleo se basará en su contenido para determinar si existe el derecho a percibir la prestación y para calcular su importe.
3.- Forma de envío al SEPE.. La empresa puede remitir el certificado telematicamente al Servicio Público de Empleo Estatal a través de la aplicación Certific@2. Por ello, en muchos casos, el documento ya no se entrega en mano al trabajador. Tan solo es obligatoria su entrega física en caso de trabajadores fijos discontinuos o de trabajadores que hayan tenido contratos sucesivos contratos temporales dentro del mes.
¿Qué ocurre si la empresa no entrega el certificado de empresa?
Si la empresa no entrega el certificado por la razón que sea (por haberse olvidado de transmitirlo telemáticamente, por la desaparición del empresario...) el trabajador debe solicitar igualmente la prestación por desempleo dentro del plazo reglamentario. En caso contrario perderá tantos días de prestación como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho de haberse solicitado en tiempo y forma y aquélla en que efectivamente se hubiese formulado la solicitud.
Junto a la solicitud de la prestación se adjuntará una declaración de carencia de documentación en la solicitud de prestaciones, para que sea el propio SEPE el que requerirá al empresario directamente la documentación.
Eva Fernández
Periodista con más de 10 años de experiencia en marketing digital y, en especial, en la generación de contenidos para marcas de diferentes sectores. De la mano de Anfix y con mi propia experiencia emprendiendo como freelance, he aprendido mucho en los últimos años sobre gestión del negocio, finanzas y productividad.
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