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Modelo 840: todo lo que necesitas saber

Descubre este modelo que se utiliza para comunicar el alta, modificación o baja en la matrícula del IAE.

Modelo 840: todo lo que necesitas saber
Silvia Martín

En este articulo verás:

El modelo 840 es un formulario oficial que está directamente relacionado con el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en España. Este impuesto grava la realización de actividades empresariales, profesionales o artísticas, y su gestión recae en gran medida sobre las administraciones tributarias estatales y locales.

El modelo 840, por tanto, se utiliza para comunicar el alta, modificación o baja en la matrícula del IAE, garantizando que los datos fiscales de cada contribuyente reflejen con exactitud su actividad económica y el epígrafe tributario correspondiente.

A lo largo de este artículo, abordaremos con detalle quiénes están obligados a presentar el modelo 840, en qué momentos, y de qué forma se lleva a cabo. Además, exploraremos la documentación necesaria, la normativa aplicable, los plazos de presentación y algunos consejos útiles para que la tramitación sea lo más sencilla posible.

Sujetos obligados al modelo 840

El Impuesto sobre Actividades Económicas afecta principalmente a personas jurídicas (empresas) y, en ciertos supuestos, a personas físicas (autónomos) que realicen actividades sujetas al tributo. No obstante, existen numerosas exenciones y particularidades. Entre los principales sujetos obligados a presentar el modelo 840 se encuentran:

  • Sociedades mercantiles (anónimas, limitadas, etc.) que desarrollan actividades económicas en territorio español.
  • Entidades sin personalidad jurídica que, sin embargo, realicen actividades de carácter económico (comunidades de bienes, sociedades civiles, etc.).
  • Personas físicas (autónomos) en aquellos casos en que no apliquen exenciones, ya sea por haber superado determinados umbrales de facturación o porque la actividad se encuadre en un epígrafe sin exención.

Es importante comprobar si uno está exento o no de tributar por IAE. Aunque el modelo 840 sea obligatorio para realizar las altas, modificaciones o bajas, en la práctica muchos contribuyentes pueden estar exentos, especialmente las personas físicas que facturen menos de un millón de euros anuales o que cumplan determinadas condiciones especiales.

Declaraciones a presentar

El modelo 840 se presenta en distintas situaciones que reflejan la ciclo de vida de una actividad económica: alta, modificación y baja. Cada una de estas declaraciones cumple un fin distinto y tiene sus particularidades.

Declaración de alta

La declaración de alta en el modelo 840 se efectúa cuando un contribuyente inicia una nueva actividad económica o cuando la actividad existente cambia de epígrafe por modificarse el tipo de actividad que se desarrolla.

En esta declaración, se deben detallar:

  • Datos identificativos del contribuyente.
  • Epígrafe o epígrafes del IAE en los que se encuadra la actividad.
  • Lugar o lugares de desarrollo de la actividad (si procede, indicando el domicilio fiscal o local comercial).

La presentación de la declaración de alta tiene gran relevancia, pues determina el inicio de la obligación de pago del IAE (si no se cuenta con exención) y la inclusión en la matrícula correspondiente.

Declaración de modificación

Se presenta la declaración de modificación cuando se producen cambios en los datos previamente comunicados. Estos cambios pueden ser:

  • Ampliación o reducción de las actividades desarrolladas.
  • Cambio de domicilio fiscal o de localización de la actividad.
  • Variaciones en la forma jurídica de la entidad (por ejemplo, pasar de sociedad civil a sociedad limitada).

Notificar a la Agencia Tributaria estos cambios es fundamental para que el censo de contribuyentes esté permanentemente actualizado, evitando así posibles sanciones o discrepancias en futuras liquidaciones.

Declaración de baja

La declaración de baja corresponde al cese de la actividad o a la disolución de la entidad que figuraba en la matrícula del IAE. Este trámite es esencial para indicar a las autoridades que la actividad ha finalizado y que, por tanto, ya no existe la obligación de contribuir en relación con el IAE.

En muchas ocasiones, la baja también se produce cuando se traslada la actividad a otra provincia o cuando se produce una transformación societaria que implica un nuevo sujeto tributario y, por tanto, la baja del anterior.

Plazos de presentación

Los plazos de presentación del modelo 840 dependen de la circunstancia que motiva la declaración:

  • Declaración de alta:
    • Por regla general, se presenta en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad.
    • Si la actividad sujeta al IAE comienza el 1 de enero, la presentación suele hacerse en la misma fecha o en los días inmediatamente posteriores.
  • Declaración de modificación:
    • Cuando se produzcan cambios en la actividad o en los datos censales, se dispone de un plazo de un mes a partir del momento en que se produce la modificación para presentar la declaración correspondiente.
  • Declaración de baja:
    • Debe presentarse dentro del mes siguiente al cese de la actividad o a la circunstancia que motiva la baja.

Respetar estos plazos es fundamental para evitar posibles recargos o sanciones por presentación fuera de plazo.

Formas y lugares de presentación

Con el paso de los años, la Administración ha avanzado en la digitalización de sus procedimientos, ofreciendo varias opciones para la presentación del modelo 840. Sin embargo, todavía es posible realizar el trámite de manera presencial si así se desea.

  • Forma telemática: a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, usando un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
  • En papel: mediante la cumplimentación del formulario físico y su entrega en la oficina competente.

La elección de una u otra vía depende en muchos casos del volumen de declaraciones que deba presentar el contribuyente y de su familiaridad con los procedimientos onlinr.

Presentación telemática

La presentación telemática del modelo 840 es la opción preferida por la mayoría de empresas y profesionales, ya que reduce tiempos de espera y permite un mejor control de los trámites. Para llevarla a cabo, se necesitan:

  • Certificado digital o sistemas de identificación electrónica admitidos (DNI electrónico o Cl@ve PIN).
  • Acceso a internet y a la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

El procedimiento es relativamente simple: se rellena el formulario online, se adjuntan los documentos necesarios (si se requieren) y se firma digitalmente la declaración para su envío inmediato a la Administración.

Presentación en papel

A pesar de las ventajas de la vía telemática, la presentación en papel sigue siendo una alternativa vigente. Para ello, se pueden descargar los modelos desde la web oficial de la Agencia Tributaria o solicitarlos en las oficinas de Hacienda. Una vez cumplimentados:

  • Se acude a la Delegación de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.
  • Se aporta la documentación acreditativa necesaria junto con el formulario.
  • Se sellan los ejemplares y se entrega uno de ellos al contribuyente.

Aunque cada vez sea menos frecuente, es recomendable revisar siempre el horario de la oficina y llevar toda la documentación debidamente completada para no tener que repetir la gestión.

Documentación requerida

Para presentar el modelo 840, es habitual disponer de la siguiente documentación:

  • Documento identificativo del contribuyente o del representante legal (DNI, NIE, CIF, etc.).
  • En caso de personas jurídicas, documentación que acredite el poder de representación (escritura de constitución, poderes notariales, etc.).
  • Información referente a la actividad: descripción, epígrafe del IAE, localización (si aplica).
  • Cualquier documento adicional que justifique la modificación o el cese de la actividad en caso de declaraciones de modificación o de baja.

La necesidad de presentar documentos concretos puede variar según la provincia o la Comunidad Autónoma, por lo que es muy aconsejable verificar en la delegación o en la página web de la Agencia Tributaria.

Normativa y legislación aplicable

El modelo 840 y el IAE se rigen principalmente por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como por el Real Decreto que desarrolla el Reglamento del IAE y otras disposiciones normativas específicas.

A nivel práctico, la presentación y tramitación se regulan en disposiciones de la Agencia Tributaria (en sus manuales o guías de procedimiento). Es importante estar al tanto de posibles actualizaciones, ya que la normativa fiscal está sujeta a cambios recurrentes.

Ayuda y recursos adicionales

La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes diversos recursos de ayuda para la correcta presentación del modelo 840:

  • Portal de trámites de la sede electrónica: cuenta con tutoriales y guías paso a paso.
  • Información telefónica: la AEAT suele disponer de un número de atención al contribuyente para resolver dudas sobre trámites específicos.
  • Oficinas presenciales: para recibir asesoramiento personalizado.
  • Asesores y gestores profesionales: en muchos casos, recurrir a un asesor fiscal puede ser la mejor opción para evitar errores que puedan conllevar sanciones.

Consultas y reclamaciones

En caso de dudas o desacuerdos con la liquidación del IAE o con cualquier otro aspecto relacionado con la presentación del modelo 840, el contribuyente puede realizar consultas a través de:

  • Las vías de información oficiales de la Agencia Tributaria.
  • Recursos administrativos, como la reclamación económico-administrativa, en caso de discrepancias con la actuación de la Administración.

Si tras agotar las vías administrativas el contribuyente sigue en desacuerdo, se puede recurrir a la vía judicial. Sin embargo, lo más habitual es que las dudas se resuelvan de forma directa o mediante la asesoría de profesionales con experiencia en el ámbito fiscal.

Casos prácticos y ejemplos

Para ilustrar el uso del modelo 840, veamos algunos ejemplos:

  • Un autónomo que inicia actividad en diseño gráfico y no supera el millón de euros de facturación. Probablemente esté exento del pago del IAE, pero aun así debe presentar el modelo 840 para darse de alta en el censo.
  • Una sociedad limitada que amplía su objeto social para incluir nuevas actividades de consultoría: presentará una declaración de modificación para incorporar el nuevo epígrafe del IAE.
  • Una asociación cultural que deja de recibir ingresos económicos y decide cesar su actividad empresarial: deberá presentar la declaración de baja para quedar exenta de futuras obligaciones relacionadas con el IAE.

Consejos prácticos

  • Verifica tu exención: antes de presentar, comprueba si cumples los requisitos para no tributar por el IAE, aunque en algunos casos la presentación del modelo es igualmente obligatoria para notificar la situación.
  • Actualiza tus datos con prontitud: comunicar las variaciones en el censo de actividades de forma rápida evita sanciones o complicaciones posteriores.
  • Revisa la normativa local: algunos ayuntamientos tienen procedimientos específicos en materia de IAE que conviene conocer.
  • Guarda resguardos y justificantes: conservar todos los documentos te ayudará a demostrar que cumples con tus obligaciones y a resolver incidencias.

Relación con otras obligaciones fiscales

El IAE está conectado con otras obligaciones tributarias, como el IVA y el IRPF (en el caso de autónomos), así como con el Impuesto de Sociedades en el caso de las personas jurídicas. Disponer de una contabilidad bien organizada permite cumplir con cada obligación sin incurrir en duplicidades ni en retrasos.

Además, los epígrafes del IAE sirven de base para clasificar la actividad económica de cara a otros tributos, como la Tasa de Basuras en algunos municipios o los índices de retención aplicables en facturas emitidas.

Impacto económico del IAE

Aunque muchos contribuyentes están exentos del IAE (principalmente autónomos y pequeñas empresas), para aquellos sujetos obligados el importe puede ser significativo. Este tributo, gestionado en parte por los ayuntamientos, supone una fuente de ingresos para las administraciones locales. De ahí la importancia de una correcta clasificación en el epígrafe que corresponda, evitando sobredimensionar la base imponible y, en consecuencia, la cuota del impuesto.

Digitalización y automatización

La tendencia actual es la digitalización de los trámites fiscales y la posibilidad de automatizar procesos, tanto para la presentación de modelos tributarios como para la contabilidad interna. Las ventajas de este enfoque son claras:

  • Reducción de errores: la conexión directa con la AEAT disminuye los fallos de transcripción.
  • Agilidad en el cumplimiento: se evitan desplazamientos y se acelera la presentación, facilitando la emisión de justificantes.
  • Mejor control de las obligaciones fiscales: un buen software de gestión puede generar avisos automáticos cuando se acerca la fecha de presentar el modelo 840 u otras declaraciones.

La incorporación de herramientas digitales en el día a día de autónomos y empresas es cada vez más necesaria para mantenerse al día en un entorno fiscal que evoluciona de forma constante.

En definitiva, el modelo 840 constituye un trámite esencial para el control del IAE y el correcto desarrollo de la actividad económica en España. Conocer en profundidad quiénes deben presentarlo, en qué momentos y cómo hacerlo permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias de forma efectiva y evitar problemas futuros con la Administración.

Aunque a primera vista pueda parecer un proceso complejo, existen múltiples recursos de ayuda y un marco normativo diseñado para clarificar las distintas situaciones que pueden presentarse a lo largo de la vida de una actividad. En un entorno cada vez más digital, aprovechar las ventajas de la presentación telemática y la automatización de procesos representa un gran beneficio para cualquier negocio o profesional que busque optimizar su gestión fiscal.

Estadísticas interesantes relacionadas con el Modelo 840

Contribuyentes obligados al IAE

Según datos de la Agencia Tributaria, más del 85% de los contribuyentes están exentos de pagar el IAE porque sus ingresos no superan el millón de euros anuales.

Ingresos municipales derivados del IAE

En 2022, el IAE representó aproximadamente un 5% de los ingresos totales por impuestos municipales en España, siendo una fuente clave para financiar servicios locales.

Sanciones por incumplimiento

Presentar el Modelo 840 fuera de plazo puede implicar sanciones de entre 150 y 300 euros, dependiendo del retraso y de si la declaración fue requerida por la Administración.

Aumento de presentaciones telemáticas

En los últimos cinco años, las presentaciones telemáticas del Modelo 840 han crecido un 25%, en línea con la digitalización de trámites fiscales.

Distribución de actividades económicas

Dato: Según el INE, el 30% de las actividades económicas declaradas en el IAE corresponden a servicios profesionales y técnicos, seguidos por el comercio al por menor con un 25%.


Preguntas frecuentes sobre el modelo 840 y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

¿Cuándo se presenta el modelo 036 o el modelo 840?

El Modelo 036 se presenta al inicio de la actividad para darse de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, mientras que el Modelo 840 se utiliza específicamente para declarar el alta, modificación o baja en el IAE. Si estás sujeto al IAE, debes presentar ambos.

¿Quién está obligado a pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?

Están obligadas a pagar el IAE las personas jurídicas (empresas) y los autónomos con un importe neto de la cifra de negocios superior a 1.000.000 € en el ejercicio anterior. Además, las entidades no residentes que operan en España también deben pagar si cumplen este requisito.

¿Qué plazo hay para darse de alta en el IAE?

El plazo para darse de alta en el IAE es de un mes desde el inicio de la actividad. En caso de no cumplir con este plazo, se pueden imponer sanciones.

¿Cuándo se paga el IAE?

El IAE se paga generalmente entre el 1 de septiembre y el 20 de noviembre del ejercicio correspondiente, dependiendo de la provincia y el sistema de gestión tributaria de cada municipio.

¿Qué documentos son necesarios para tramitar el alta en el IAE?

Para tramitar el alta en el IAE, necesitarás:

El modelo 840 cumplimentado.

Documento acreditativo de la actividad (e.g., escritura de constitución de la empresa, contrato de alquiler del local).

Certificado de estar dado de alta en el censo de empresarios (Modelo 036).

Identificación fiscal (NIF o CIF).

¿Qué sucede si no estoy obligado a pagar el IAE?

Aunque no estés obligado a pagar el IAE por estar exento, puede que tengas que presentar el Modelo 840 para informar sobre tu actividad económica y cumplir con los requisitos censales.

¿Qué diferencias hay entre el alta, la modificación y la baja en el IAE?

Alta: Se presenta al iniciar una actividad económica sujeta al IAE.

Modificación: Se presenta cuando cambian elementos tributarios como la ubicación, el volumen de negocio o la actividad.

Baja: Se presenta al cesar la actividad económica.

¿Qué pasa si presento el modelo 840 fuera de plazo?

Si presentas el Modelo 840 fuera de plazo, podrías enfrentarte a sanciones administrativas, que pueden oscilar entre 150 y 300 euros, dependiendo de las circunstancias.

¿Cómo puedo presentar el modelo 840?

El Modelo 840 puede presentarse:

Telemáticamente: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando un certificado digital.

En papel: Descargando el formulario y entregándolo en las oficinas tributarias locales o en los lugares designados por el municipio.