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Dirección de facturación: ¿hay que indicarla en las facturas?

Dirección de facturación: ¿hay que indicarla en las facturas?
Eva Fernández

En este articulo verás:

Para la administración, el domicilio válido para poder efectuar la deducción es el domicilio fiscal (dirección de facturación). Si el titular es una entidad mercantil, podrá tener un domicilio social y otro fiscal, que no siempre coinciden.

¿Qué es la dirección de facturación?

Dirección de facturación y domicilio fiscal son lo mismo. La Ley General Tributaria los define como:

"El lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria"

Es decir, el domicilio fiscal es aquel que señalas para recibir las notificaciones de la administración.

Si un organismo remite un requerimiento a esta dirección fiscal, el contribuyente se entenderá notificado aún cuando no lo recoja, salvo error en la dirección imputable a la administración.

La residencia fiscal no aparece en escritura pública y puede modificarse cumplimentando el modelo 036 o 037 de declaración censal.

El domicilio fiscal como dirección de facturación para Hacienda

Como bien sabes, el contenido de una factura ha de cumplir unos requisitos para que sea válido: incluir nombre, dirección fiscal, fecha de expedición, tipo impositivo, etc.

Sin embargo, el dato del domicilio ha dado lugar a muchas consultas a la Agencia Tributaria; sobre todo en los casos en los que la empresa es una sociedad y cuenta con varios locales.

Para la administración, para que una factura pueda deducirse, el domicilio válido es el domicilio fiscal.

Si el titular es una entidad mercantil, podrá tener un domicilio social y otro fiscal, que no siempre coinciden.

Pero es la dirección fiscal la que hay que poner en las facturas.

Ambos constan en la tarjeta de NIF y es la propia entidad la que los comunica a la Agencia Tributaria.

La dirección fiscal para los autónomos

En el caso de los autónomos, lo normal es que su domicilio sea el que consta en las facturas que expide a efectos fiscales. No obstante, también es frecuente indicar la dirección de facturación.

¿Y qué es eso de la dirección de facturación? Pues es el domicilio de su local de negocio.

Tal como nos indica el artículo 6 del Reglamento de Facturación, apartado e)

Cuando el obligado a expedir factura o el destinatario de las operaciones dispongan de varios lugares fijos de negocio, deberá indicarse la ubicación de la sede de actividad o establecimiento al que se refieran aquéllas en los casos en que dicha referencia sea relevante para la determinación del régimen de tributación correspondiente a las citadas operaciones.

Puede incluso ocurrir que al tener distintos locales de negocio, se tengan diferentes series de facturación, con el fin de llevar un registro separado de la productividad de cada uno de ellos.

Del mismo modo, también podemos pedir a los proveedores que nos facturen de manera independiente las mercancías que nos suministran a cada uno de los locales.

Ya hemos comentado en otros post la forma correcta de hacer una factura, tanto completa como simplificada, para que sea válida a efectos fiscales.

El domicilio fiscal como requisito para deducir una factura

Para que puedas deducir una factura, esta debe contener nuestros datos identificativos, de lo contrario, su validez será nula.

Del mismo modo, debe figurar también la identificación de quién la expide: nombre, NIF y domicilio.

La dirección de facturación suele aparecer en las facturas de suministros, como ocurre con el gasto de electricidad, cuando nuestro local de negocio es arrendado y el contrato permanece a nombre del propietario.

En este caso, debemos tener especial cuidado con que el NIF que figura en la factura sea el nuestro. De lo contrario, podemos tener problemas para practicar la deducción como gasto.

LECTURA RECOMENDADA: ¿Qué hacer con las facturas deducibles de ejercicios anteriores?

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