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Cómo rellenar el modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero

Cómo rellenar el modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero
Eva Fernández

En este articulo verás:

Desde 2013 los obligados tributarios en territorio español deben presentar el modelo 720 siempre que tengan bienes en el extranjero que alcancen un valor superior a 50.000 euros.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Deberán presentar el modelo 720 todos los contribuyentes, personas físicas o jurídicas y entidades a las que la normativa impone el cumplimiento de alguna de las obligaciones tributarias y que tengan bienes en el extranjero cuyo valor supere los 50.000 euros.

¿Qué se consideran bienes a efectos de presentar el modelo?

Entenderemos como bienes, a efectos de este modelo, los siguientes:

  • Las cuentas abiertas en entidades financieras en el extranjero en las que se aparezca como titular o beneficiario, en las que se esté como autorizado o se tenga alguna posibilidad de disponer en ellas.
  • los seguros de vida o invalidez de los que se sea tomador y de las rentas vitalicias o temporales de las que se sea beneficiario como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades fuera de nuestro país.
  • Los inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad.
  • Los títulos, activos, valores o derechos sobre el capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios.

Fecha y modo de presentación

El modelo 720 se presentará a lo largo del primer trimestre de cada año y se declararan en él los valores de los activos a 31 de diciembre del año anterior.

La presentación se hará obligatoriamente por vía telemática, a través de la web de la Agencia Tributaria.

¿Hay que presentar el modelo todos los años?

En caso de haber presentado la declaración en un determinado ejercicio, no estaremos obligados a hacer una nueva presentación salvo que se produzca un incremento de valor de los bienes superior a 20.000 euros o que se vendan o liquiden algunos de los activos declarados.

Sanciones por no presentar el modelo 720

Si estando obligado a ello no se procede a la presentación del modelo se cometerá una infracción muy grave, lo que dará lugar a la correspondiente sanción. Esta consistirá en el pago de una multa de 5.000 euros por cada dato no declarado, siendo la sanción mínima de 10.000 euros. Para las presentaciones fuera de plazo la sanción será de 100 euros por dato y el mínimo será de 1.500 euros, siempre que la declaración haya sido presentada sin requerimiento previo de la Administración tributaria.