Diccionario > Declaración complementaria

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Se llama declaración complementaria a la que se presenta para corregir o modificar otra declaración anterior ya presentada.

Cuando enviamos a Hacienda una autoliquidación o una declaración, puede ocurrir que necesitemos cambiar la información que contiene o añadir otra nueva.

Para ello utilizamos la complementaria.

¿Qué datos contiene la complementaria?

La complementaria va referida a la misma obligación y al mismo periodo que la anterior.

Por ejemplo; si hemos presentado una autoliquidación de IVA (modelo 303) del segundo trimestre de 2016, la complementaria será también el modelo 303/2T/2016.

Es el mismo modelo, pero, en la parte inferior, hay que marcar con un aspa la casilla que indica “complementaria” y poner el número de referencia de la que hemos presentado antes.

La complementaria modifica el modelo anterior sin anularlo.

Normalmente se utilizan para añadir importes no declarados por error; es decir, para pagar más.

Si queremos cambiar el modelo presentado por completo, tendremos que utilizar una sustitutiva, que servirá para anularlo. Pero no es posible presentar sustitutivas de todos los modelos.

¿Cuándo se presentan las complementarias?

Las complementarias se presentan dentro del plazo ordinario de presentación del modelo que pretenden corregir o modificar.

Si queremos presentar una complementaria del modelo 303/2T/2016 y el plazo ordinario para liquidar esta obligación es el 20 de julio, la complementaria irá también dentro de ese plazo.

La presentación fuera de plazo puede ser objeto de sanción.

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